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domingo, 24 de julio de 2011

Construcción de una Caseta del Cuerpo de Carabineros en el punto de Santa Barbara 1866

19-1-65                                                           Ministerio de la Guerra                  Ingenieros

               Ozores


El Capitán General de Andalucía en 19 de agosto de 1865

Remito un plano de la caseta que desea construir el Cuerpo de Carabineros en el punto de Santa Barbara en La Línea de Gibraltar. Acompaña copias de los informes emitidos por el Comandante  de Ingenieros del Campo y del Director Subdelagado del Distrito con los que, dice se halla conforme.


Se remite  a informe del Ingeniero General


23 Agosto 1865

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Ingeniero General en 4 de septiembre de 1865

Cumplimentando  la anterior resolución evacua el informe que se le pidió acerca del ensanche de la Caseta de Carabineros situada en Santa Barbara en la línea de Gibraltar, manifestando que en conformidad  con los informes emitidos por el Comandante de Ingenieros del Campo de Gibraltar y el Director Subdelegado  de Andalucía, corresponde se prohiba la ejecución de la mencionada obra, y que ni aún juzga deba modificarse en lo más mínimo interín no se resuelva  definitivamente la demarcación y fijación de los límites con la mencionada Plaza de Gibraltar qeu V. M. sin embargo podrá resolver lo que crea más acertado.

Las razones póliticas que se aducen en los informes emitidos sobre este particular son entendibles y bastantes para acreditar que no se debe permitirse el reeemplazo de la actual caseta. Si V.M.  se digna acordado así, podría aplazarse aquel para el caso que al efecto  indica el Ingeniero General.

20 septiembre de 1865


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Direccion General 
de 
Ingenieros
del 
Ejercito

El Ingeniero General Informa de las Obras necesarias en las Casetas de Carabineros del Campo de Gibraltar Real Orden nº 15

Excmo. Sr.

En cumplimiento de la Real Orden de treinta de mayo útltimo  a la que acompañaba el expediente que devuelvo adjunto, promovido por el Comandante de Carabineros del Campo de Gibraltar en solicitud de permiso para variar la distribución interior de la  caseta que ocupa un destacamento de dicho Cuerpo en la Puerta de la Línea; tengo el hono de manifestar a V.E. de acuerdo con el dictamen de la Junta Superior Facultativa del Cuerpo de mi mando, que si bien es cierto  que por Real Orden de 24 de julio de mil ochocientos sesenta y dos está prohibida la ejecución de toda clase de obras en los edificios existentes en aquel parege, las circustancias sin embargo de que no se trata de alterar las dimensiones y solidez de las casetas en cuestión, sino de variar su distribución para adaptarla mejor al uso a que se halla destinada y ser este uno de los servicios del Estado, parece deber ser motivo suficiente para que como gracia especial  se otorgue la autorización solicitada, quedandonos siempre sujeta a la referida obra a las prescripciones generales establecidas por la resolucion de trece de febrero de mil ochocientos cuarenta y cinco.

Mas no obstante lo expuesto V.E. con superior ilustración, resolvera como sea mas acertado.


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Esplicación de la reforma que se intenta introducir en la caseta que el Cuerpo de Carabineros de Hacienda pública tiene establecida en la puerta de La Línea del Campo de Gibraltar.

El Iltmo. Sr. Gobernador de esta provincia se sirvió dirigirme con fechas 8 de septiembre, 19 de Noviembre de 1864 y 12 de septiembre de 1865 trasladandome la comunicación que le había dirijido el  Sr. Comandante de Carabineros de la misma haciendole presente la inconveniencia de distribución interior  de que adolecía la caseta situada en la Puerta de la Línea del Campo de Gibraltar, no teniendose presente a su construcción el número de individuos de tropa que en su planta baja debería alojarse, distribuyendose este en su mayor parte con una caballeriza, cuartos para registros de hombres y mujeres, un calabozo innecesario y un patio que para nada sirve en un edificio aislado que pueda tomar luces suficientes de los cuatro lados, y construyendose por ultimo sobre su azotea de cubierta una torre que no se ha hecho uso alguno y que amenaza por su debil fabrica la seguridad pública.

En vista, fines, de las ordenes referidas practiqué un reconocimietno detenido de dicha caseta y convencido de la certeza de cuanto el Sr Comandante manifestaba en su antes citada comunicación y para solicitar la amplitud que se desea en la planta baja de esta caseta, sin que por ello dejen de llevarse las necesidades del servicio  que en ella se presta, he propuesto las reformas siguientes indicandose en el plano adjunto con tinta negra las fábricas que han de conservarse, con tinta amarilla lo que se ha de demoler y con carmin lo que se ha de construir de nuevo

En la planta baja ha de demoler el muro que separa el calabozo de la caballerizas corriendose en el espacio que aquel deja vacio dos plazas de pecebres de las tres que se quitan en la prolongación que ha de darsele al dormitorio de la tropa. El tabique que hoy divide del dormitorio al cuarto de reconocimiento de hombres se demolerá construyendose en su lugar una citara divisoria la cual con otra también nueva a dos metros de distancia de la primera formarán la caja de una nueva escalera para subir a las habitaciones del piso alto. La actual escalera se demolerá y en el muro de carga sobre que se apoya se abrirá un hueco de tres metros de muro de ladrillos que tenga 75 centímetros de (...)  para dar paso a la prolongación que se proyecta en el dormitorio, incomunicandose este con la caballeriza, por medio de una nueva citara divisoría que se construirá en la situación señalada en el plano. 

Como consecuencia de esta reforma  habrán de convertirse en ventanas la puerta que al exterior tiene el calabozo y la escalera que se destruya, macizarse el hueco  de paso en el patio al dormitorio y abrirse una ventana nueva en la fachada posterior para el dormitorio y una puerta de paso para el mismo patio.

En el piso alto se macizará el hueco que conduce de la escalera al corredor  y se abrirá uno nuevo para desembarque de la que se proyecta.

Por últmo la torre se demolerá en sus cuerpos superiores quedando sólo el primero reformado para que se sirva de bularda de salida a las azoteas de cubierta.

Cádiz 26 de marzo de 1866
Juan de la Vega














                                                           Luis Javier Traverso
                                                http://lalineaenblancoynegro.com



Documento Cedido por José Martínez Tellez
 Y gracias a Santiago Quintana y  Carlos Luis Granado Feal por la ayuda en  la Transcripción de los Documentos